DEPREDADOR:
Se refiere a mamíferos carnívoros, usualmente silvestres, que atacan y matan al ganado con la finalidad de obtener alimento para subsistir. (Jaguar, Puma, Ocelote, Lince, Coyote, Oso). Están incluidos los perros ferales.
EXCLUSIÓN:
El asegurado pierde el derecho a la indemnización, si se da muerte al depredador que atacó a su ganado*.
*Especies protegidas.
Aplica para todo el inventario ganadero nacional y no requiere cubrir franquicia.
Se indemniza desde el primer animal muerto o sacrificado con motivo del ataque y se aplicará una participación a pérdida del 10%.
REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL PRODUCTOR (Evidencias):
Identificadores:
En caso de no existir, se debe solicitar una constancia de la autoridad local que avale la propiedad del o los animales muertos, debido a que este seguro protege hatos y rebaños, que, en ocasiones, no se encuentran inscritos en PGN y no cuentan con algún identificador.
Considerar que muchos de estos productores están en comunidades muy apartadas, de difícil acceso con hatos o rebaños muy pequeños.
Documentos de soporte:
En las zonas de conflicto depredador-humano, generalmente están protegidas las especies en peligro de extinción, existiendo personal comisionado en el lugar, quienes tienen el contacto con las comunidades en esas áreas y la mayoría de veces son quienes avisan al Fondo en casos de ataque de depredador.
Al ser quienes llegan primero al siniestro, suelen tener pruebas frescas y avalan la causa del siniestro y la propiedad del o los semovientes muertos, mediante documentos oficiales.